05 noviembre 2025
¡Un logro histórico para las y los funcionarios públicos de la Justicia! ⚖️
Gracias al trabajo conjunto de AFUDEP (Asociación de Funcionarios de la Defensoría Penal Pública) y AFFREMCEN (Asociación de Funcionarios del Ministerio Público), se incorporó en la nueva ley —a través del Artículo 47— una modificación al Código Orgánico de Tribunales que reconoce como equivalente a la práctica profesional los años de servicio en la Defensoría Penal Pública y en la Fiscalía.
🔹 Esto significa que las y los funcionarios con al menos cinco años de servicio y que hayan desempeñado funciones jurídicas o de asesoría durante seis meses podrán solicitar el cumplimiento de la práctica profesional exigida para obtener el título de abogado.
✅ Un avance concreto que valora la experiencia profesional dentro de nuestras instituciones y abre nuevas oportunidades de desarrollo para quienes han dedicado su carrera al servicio público y la justicia.
🤝 AFUDEP y AFFREMCEN: trabajando juntos por el reconocimiento de nuestras trayectorias.
Artículo 47.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código Orgánico de Tribunales:
1. En el artículo 523:
a) Sustitúyese el numeral 5º por el siguiente:
“5°. Haber cumplido satisfactoriamente una práctica profesional, por seis meses, aprobada por el Servicio Nacional de Acceso a la Justicia y Defensoría de Víctimas. Un reglamento del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos determinará los requisitos, forma y condiciones que deberán cumplirse para que dicha práctica sea aprobada.”.
b) Sustitúyese su inciso final por el siguiente:
“La obligación establecida en el numeral 5° se entenderá cumplida por los postulantes que sean funcionarios o empleados del Poder Judicial por el hecho de haber desempeñado sus funciones durante cinco años en las primeras cinco categorías del escalafón del personal de empleados u oficiales de secretaría. Asimismo, los funcionarios o empleados del Ministerio Público, de la Defensoría Penal Pública y del Servicio Nacional de Acceso a la Justicia y Defensoría de Víctimas que postulen a obtener el título de abogado podrán solicitar que se tenga por cumplida la misma exigencia siempre que reúnan los siguientes requisitos:
a) Haber servido al menos cinco años en la institución.
b) Haber desempeñado funciones de asesoría o representación jurídica durante seis meses dentro de dicho periodo. Para acreditar esta circunstancia, el postulante deberá acompañar un certificado suscrito por el superior jerárquico de la respectiva institución que acredite el cumplimiento de estas labores, y señalar la unidad y fechas en que fueron ejercidas.”.
Hoy nuestra AFUDEP estuve presente en la ceremonia oficial donde, el Presidente de la República, Gabriel Boric Font, promulgó la Ley que crea el Servicio Nacional de Acceso a la Justicia y Defensoría de Víctimas de Delitos, que permitirá fortalecer el acceso igualitario a la justicia y brindar
atención jurídica y psicosocial a víctimas de delitos, así como representación jurídica gratuita a quienes más lo necesiten. De esta forma el Estado garantizará una atención profesional, gratuita y especializada, acercando la justicia a las personas.

El Proyecto de Ley que crea el Servicio Nacional de Acceso a la Justicia y la Defensoría de las Víctimas de Delitos fue ingresado al Congreso Nacional el 5 de enero de 2021. Posteriormente, el Presidente Gabriel Boric Font ingresó una indicación sustitutiva al proyecto el 24 de noviembre de 2023, junto a un nuevo informe financiero que consideró un aumento sustancial de recursos para su implementación.
El nuevo servicio tendrá presencia en todo el territorio nacional con 16 direcciones regionales y centros de atención en cada comuna o agrupación de comunas donde existan
tribunales de justicia.
Aspectos clave de la Ley:
✅ Unifica la asistencia judicial y la atención de víctimas de delitos en un servicio público de carácter nacional, simplifica el proceso para que las personas puedan
acceder a prestaciones y mejora su provisión al consolidar experiencias que antes estaban dispersas en distintas entidades.
✅ Crea la Defensoría de las Víctimas de Delitos, que entregará atención integral jurídica y psicosocial, a víctimas de delitos, en particular a aquellos más violentos.
Esto reforzará la intervención del Estado en materia de seguridad ciudadana y ayudará a saldar una deuda pendiente con la ciudadanía.
✅ Promueve la resolución colaborativa de conflictos, incluyendo la mediación familiar obligatoria para evitar que los conflictos lleguen a tribunales y se alcancen
soluciones con la participación de las personas involucradas.
✅ Entrega asistencia jurídica especializada respecto de diversos grupos y ámbitos, como niños, niñas y adolescentes, adultos mayores, defensa laboral y derechos
humanos, entre otros.
Establece estándares de calidad y mecanismos de control en la atención de personas usuarias, avanzando hacia un enfoque de derecho y garantía para la
ciudadanía en su acceso a la justicia.
✅ Garantiza la atención profesional y asegurando que todas las personas usuarias reciban una atención de calidad.
✅ Dispone la existencia de centros de atención en cada comuna o agrupación de comunas donde existan tribunales de justicia y promueve medios remotos de
atención para asegurar cobertura permanente en todo el territorio nacional.
✅ Establece la gradualidad de la puesta en marcha del nuevo servicio, a partir de los 18 meses de la publicación de la ley. Iniciará en la zona norte, desde Arica hacia
Valparaíso.
Detalles sobre la implementación del nuevo Servicio Nacional de Acceso a la Justicia y Defensoría de Víctimas de Delitos
✅ Implica la transformación de las 4 corporaciones de asistencia judicial, el Programa de Atención a Víctimas y el Sistema de Mediación Familiar Licitada en un único servicio público descentralizado, de carácter nacional, con personalidad jurídica y patrimonio propio.
✅ El inicio de funciones tanto a nivel central como a nivel regional está dividido en etapas, que comienzan a partir de la fecha de publicación de la ley.
✅ Al inicio del quinto mes de publicada la ley, iniciará su funcionamiento el Servicio Nacional de Acceso a la Justicia y Defensoría de Víctimas, comenzando su periodo
de implementación a cargo de una dirección.
✅ La gradualidad en la instalación del servicio a nivel regional se llevará a cabo en tres etapas desde la publicación de la ley: a los 18 meses iniciarán sus operaciones las direcciones regionales de la macrozona norte y de la región de Valparaíso; a los 30 meses las direcciones regionales de la zona central, Región Metropolitana y de
Magallanes y la Antártica Chilena; a los 48 meses las direcciones regionales del sur del país, desde la Región de Ñuble hasta la Región de Aysén.
✅ Al mismo tiempo que inicien las funciones de dichos grupos de direcciones regionales irán desapareciendo las Corporaciones de Asistencia Judicial de las
respectivas macrozonas.
✅ El periodo de implementación considera la continuidad de la operación de los organismos que se transformarán y convergerán en el nuevo servicio. Por esto,
considera garantías para las trabajadoras y los trabajadores que se traspasarán desde las Corporaciones de Asistencia Judicial, la Subsecretaría de Prevención del
Delito y la Subsecretaría de Justicia al nuevo servicio.