07 Enero 2019 – AFUDEP SE REUNE CON EL SENADOR HARBOE, REPRESENTANTE DE LA NUEVA REGIÓN DE ÑUBLE A QUIEN LE EXPONE LA SITUACION QUE AFECTA A LA DEFENSORIA PENAL PUBLICA EN CUANTO A SU DOTACION.
Este 07 de enero AFUDEP se reúne con el asesor del Senador Felipe Harboe, Sebastián Abarca, a quien le expuso la preocupación que tenemos como Asociación por la situación que afecta a la Defensoría Penal Pública en la Región de Ñuble, en el sentido que pese a estar publicado en el Diario Oficial el DFL de junio de 2018, que amplía la dotación en 3 cargos directivos, la Institución deja sin efecto el concurso de 2 de estos cargos arguyendo una serie de fundamentos. Esto, además de la situación de los cargos profesionales, administrativos y auxiliares, lo cual a nuestro juicio expone la entrega del servicio que prestamos como Institución y no se cuenta con los recursos necesarios para la instalación y funcionamiento de esta nueva Región la que debe ser subsidiada en carga laboral por nuestros funcionarios/as de Biobío.
Asimismo, AFUDEP ya está concretando audiencias con todos los parlamentarios que representan a la nueva Región de Ñuble a quienes se les solicitará el respaldo y se les expondrá esta gran preocupación que tenemos como Asociación.
En la misma reunión, y como otro punto de gran importancia para AFUDEP, se expuso al asesor del senador Harboe, sobre el Proyecto Homologación Práctica Profesional en la Cámara de Diputados, que obtuvo su aprobación en el parlamento el pasado 19 de julio (ver noticia relacionada). Sicho proyecto de ley homologa las prácticas profesionales de funcionarios/as que estudian la carrera de Derecho al Art 523 del Código Orgánico de Tribunales.
ANTECEDENTES
Las asociaciones de funcionarios de la Defensoría Penal Pública, del Ministerio Público de la Corporación de Asistencia Judicial, del Congreso Nacional y de la Subsecretaria de Justicia, están luchando unidas por revertir una situación que afecta a un grupo de funcionarios y funcionarias de estas instituciones; sobre la práctica profesional, que establece el artículo 523 del Código Orgánico de Tribunales, cuyo procedimiento se encuentra contenido en el DS 265/85 del Ministerio de Justicia.
De acuerdo a estas disposiciones, los postulantes al título de abogados(as) tienen la obligación de realizar una práctica por un periodo de seis mese. Sin embargo, el numeral 5° de dicha norma considera a los funcionarios del Poder Judicial que tienen cumplida esta obligación sólo por haberse desempeñado por un periodo de cinco años y pertenecer a las primeras cinco categorías del escalafón del personal de empleados u oficiales de secretaría.
A juicio de las Asociaciones de Funcionarios mencionadas, consideran que las funciones que se desarrollan en estas instituciones se ha ido perfeccionando y profundizando con el pasar de los años, y que existe una proporción de funcionarios (as) que se desempeñan el labores propias del ámbito jurídico, tal como es el caso de algunos de los funcionarios del Poder Judicial, razón por la cual consideran que la norma produce una discriminación positiva sólo en favor de los funcionarios judiciales.
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