AFUDEP hace observaciones a convocatoria "Elecciones Representante del Personal en el Comité de Selección de los Concursos de Promoción"

AFUDEP hace observaciones a convocatoria "Elecciones Representante del Personal en el Comité de Selección de los Concursos de Promoción"

 

09 Junio 2017 – De acuerdo a lo solicitado por correo con relación a la propuesta de convocatoria para las Elecciones del Representante del Personal en el Comité de Selección de los Concursos de Promoción, FUDEP hacemos presente sus observaciones, al Jefe del Dpto. Recursos HUmanos y Desarrollo Organizacional del DPP, Rodrigo Capelli:

  1. En el segundo párrafo se hace mención al art 21, sin embargo a nuestra juicio debería señalarse el art 53 del EA y/o el art 29 del DS 69/2004, ya que en esas disposiciones se señala la presencia de los 2 representantes en el comité de selección  - promoción.

  2. En la tabla de etapas se propone publicar la nómina en la intranet el día 29 de junio. Sin embargo se considera el cierre de inscripciones a las 17 horas de ese mismo día. Nuestra preocupación radica en que no creemos que pueda ser posible publicar la nómina ese día si el cierre es a las 5 de la tarde. Por lo tanto se debería ajustar la hora de cierre o bien la fecha de publicación.

  3. Sobre el escrutinio se dispone lo señalado en cuadro adjunto:

    • Solicitamos que se modifique, en el sentido de realizar un escrutinio nacional a través del sistema de video conferencia el mismo día del cierre de las votaciones, esto con el fin de proporcionar mayor transparencia a este proceso.

    • Hacemos presente que la participación de las asociaciones es un imperativo establecido en el artículo 34 del Reglamento de Concursos que indica “La oficina de personal de la institución, o la que haga sus veces, con la presencia de representantes de las asociaciones de funcionarios, será la encargada de realizar el recuento de los votos emitidos”.

    • Por lo tanto, la propuesta que se adjunta no cumple con lo señalado en la norma, ya que se dispone un escrutinio regional, sin la presencia del ministro de fe investido para efectos de votaciones, ni tampoco el representante de la asociación.

    • Adicionalmente, creemos se debe tener presente lo dispuesto en la Ley N° 18.700, sobre votaciones populares, que señala en su artículo 69 que una vez cerrada la votación, se procederá a practicar el escrutinio en el mismo lugar que la mesa hubiere funcionado.



Escrutinio de Votos

06 de julio de 2017

COMISIÓN RESPONSABLE
En cada región el Encargado de Administración, Finanzas y Recursos Humanos; en las Inspectorías el Encargado de las Inspectorías y en la Defensoría Nacional el Encargado de Personal, tendrá a su cargo el recuento y cómputo oficial de las preferencias de los funcionarios. El cómputo oficial se realizará en la sala de reuniones del Departamento de Recursos Humanos y D.O de la Defensoría Nacional.
Podrán participar en el escrutinio final todos los funcionarios que lo deseen, a partir de las 17:00, y podrá realizarse en presencia de los representantes de las Asociaciones que lo deseen.

 

RESULTADOS
Al término del proceso anterior, se levantará un acta con los resultados obtenidos, en cada Defensoría Regional; Inspectorías y en la Defensoría Nacional, la cual deberá ser suscrita por el Director Administrativo Regional en las Defensorías Regionales; por el Encargado de las Inspectorías y por el Jefe del Departamento de Recursos Humanos de la Defensoría Nacional y los candidatos presentes que lo deseen.
Posteriormente las Defensorías Regionales y los Encargados de las Inspectorías deberán, mandar por correo electrónico el acta escaneada (vvivanco@dpp.cl), e inmediatamente, por correo el acta original más los votos contabilizados, al Departamento de Recursos Humanos y D.O.
El Departamento de Recursos Humanos y D.O., será el Encargado de contabilizar la totalidad de los votos de las defensorías Regionales e Inspectorías, emitiendo el acta correspondiente.
El Acta será remitida al Defensor Nacional, quién conforme los resultados que en ella constan, procederá a designar oficialmente a los representantes titulares (primeras dos mayorías) y suplentes (a partir de la tercera mayoría), mediante una resolución exenta.
Los suplentes remplazarán a los titulares de acuerdo al orden que resulte de las votaciones obtenidas por ellos. 

 

Adicionalmente, solicitamos lo siguiente:

  1. Nos remita la norma que dispone que los funcionarios suplentes no pueden participar de concursos de promoción.

  2. Conocer los cargos que serán llamados en el siguiente concurso de promoción, y si no es posible, por lo menos los grados que serán convocados.


Atentamente,

Directorio Nacional AFUDEP


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